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lunes , abril 29 2024
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MEZQUINDADES / Las ART frente al coronavirus

 

Por HERNÁN JAUREGUIBER *

 

Las A.R.T. (aseguradoras de riesgo de trabajo) anticiparon que no cubrirán infortunios laborales surgidos por contagio de aquellos trabajadores que estando exceptuados de la cuarentena contraigan el COVID 19. Ello es así porque las empresas cuyo objeto principal es la salud, pero su objetivo el negocio, circunscriben la cobertura al listado de enfermedades profesionales contempladas y, obviamente, el Coronavirus, no está en el plexo.

La reticencia a la cobertura puede concluir en la desprotección total del trabajador, demostrando, una vez más, que es inconveniente que la salud y seguridad de los trabajadores este en manos de empresas de negocios.

El horizonte es sombrío. Las Pyme sin cobertura, podrán colapsar, concursar y quebrar y de esta manera dejar en total desamparo a los trabajadores siniestrados. A su vez, el personal de la salud, registra un altísimo nivel de informalidad y fraude laboral. Especialmente los médicos que trabajan para establecimientos privados, son simulados como autónomos, obligados a facturar como monotributistas, encubriendo su realidad de dependientes y con ello privados de los más elementales derechos: Salario, Aguinaldo, vacaciones y claro está, cobertura de riesgos laborales, hoy por hoy el riesgo mayor que amenaza al país.

Es oportuno recordar, que esa fraudulenta figura del monotributista, cuando es evidente que guarda relación laboral, (porque atiende pacientes del nosocomio, cumple horarios y percibe una retribución que no decide el profesional sino que es impuesta), muchas veces fue declarada invalida por los tribunales del trabajo.

Sin embargo, en fallo del año 2015, (Cairone C/Hospital Italiano) la Corte Suprema decidió revocar las decisiones de los tribunales laborales y consagró un principio por el cual, se prioriza el negocio de las empresas de salud, por sobre la evidente relación de trabajo de los médicos. De esta manera, y ante el escenario de Riesgos de Trabajo, los médicos que arriesguen su vida, en pos de su necesidad, como de su juramento Hipocrático, quedarán a merced tanto de la falta de cobertura de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo, como de sus simulados empleadores que negaran el vínculo y su cobertura como patrones. Cabe agregar para finalizar, que aún en la hipótesis de un cambio jurisprudencial al ya mencionado fallo (Cairone C/Htal Italiano) un colapso tal como una pandemia y la infinidad de reclamos, colocará a las empresas de salud, sanatorios, prepagas, etc. en un horizonte concursal y con ello el paga Dios.

Es imperativo que la cartera de Trabajo, tanto de provincias como Nación, realicen intenso relevamiento de Policía de Trabajo, detectando las condiciones de prestación de servicios de médicos, revisando facturas electrónicas, horarios y demás características y tomen la iniciativa de intimar la registración y regularización de tantos años de ausencia de controles e injusticia.

La tarea de los jueces del trabajo, es condenar la violación de normas, pero la de los Ministerios la de velar porque no ocurran. Esto es importante porque los médicos no van a intimar a su simulado empleador cuando es obvio que se quedarán sin el trabajo y con un litigio probablemente desfavorable a futuro. Son las autoridades provinciales y nacionales, quienes tienen que controlar que si los médicos cumplen horario, atienden a pacientes del sanatorio y reciben dinero a cambio, los convierte en empleados y por tanto debe ser la autoridad de aplicación la que intime a registrar empleos fraudulentamente inscriptos.

Sin médicos no habrá salud. Sin Estado y control tampoco.

 

  • Abogado / La Señal Café al Paso / La Señal Medios

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