BIGtheme.net http://bigtheme.net/ecommerce/opencart OpenCart Templates
jueves , marzo 28 2024
Inicio / Política / JUSTICIA ADICTA / La Corte, con el tarifazo

JUSTICIA ADICTA / La Corte, con el tarifazo

La Corte Suprema de Justicia resolvió por unanimidad revocar la medida cautelar dispuesta por la Cámara Federal de La Plata, que había frenado los aumentos en la tarifa de la energía eléctrica para todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.

El máximo tribunal entendió que “carecen de legitimación quienes iniciaron la causa para actuar en representación de todos los usuarios”. La demanda había sido iniciada por diputados provinciales, el PJ bonaerense y el Secretario general de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, Carlos Bonicatto.

Sobre éste último, la Corte remarcó que Bonicatto se encuentra interinamente a cargo de la Defensoría, ya que su mandato en realidad finalizó el 25 de febrero de 2015. «El cargo se halla en la condición de vacancia definitiva», sostiene el fallo y agrega que el funcionario «no se encuentra habilitado para poner en ejercicio las atribuciones que corresponden a dicha Autoridad Provincial».

Respecto a la presentación del Club Social y Deportivo «12 de octubre», que también adhirió a la demanda, la Corte resolvió reenviar las actuaciones al juez de primera instancia para que verifique “si dicho club representa a alguna categoría determinada de clubes de barrio o de pueblo”.

Antes de que la Corte Suprema dejara en pie el tarifazo eléctrico en la provincia de Buenos Aires, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, había emitido un dictamen en el que consideró que correspondía confirmar el fallo que había hecho lugar a la medida cautelar que suspendió los aumentos en las tarifas de la luz, en el territorio bonaerense.

La jefa de los fiscales confirmó esta mañana el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que hizo lugar a la medida cautelar que suspendió las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería y del ENRE.

Gils Carbó sostuvo que se debe prestar especial atención al carácter provisorio de la cautelar, cuyo plazo se limita a tres meses desde su otorgamiento, y a las presentaciones realizadas por otros actores -organismos públicos, asociaciones de consumidores, otras asociaciones y afectados- en la causa y en distintos expedientes referidos al mismo tema, según publicó el sitio fiscales.gob.ar.

Centro de Información Judicial / Agencias / La Señal Medios.

Comentarios

comentarios

Visite también

El documento de Cristina

Por JULIO FERNÁNDEZ BARAIBAR *   La expresidenta ha dado a conocer un extenso documento, ...